Telediario legal

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enero 22, 2025
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Análisis de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta) de 7 de abril de 2022 en el Asunto C-645/20.

El caso aborda la interpretación del artículo 10 del Reglamento 650/2012, que regula la competencia subsidiaria de los tribunales en sucesiones internacionales cuando el causante no tiene residencia habitual en un Estado miembro. En el litigio, los hijos del causante demandaron a los tribunales franceses, que inicialmente se declararon competentes. Sin embargo, una instancia superior revocó esta decisión, determinando que la residencia habitual del causante al fallecer era el Reino Unido. El Tribunal de Justicia resolvió una cuestión prejudicial sobre si los tribunales deben determinar su competencia subsidiaria de oficio en virtud del artículo 10, incluso si no es invocada por las partes. El fallo concluyó que la competencia subsidiaria es obligatoria y debe analizarse de oficio para garantizar una administración de justicia eficaz y el acceso a la justicia. Esto implica que los tribunales deben considerar toda la información disponible y no limitarse a los argumentos planteados por las partes. La sentencia subraya la importancia de la unidad de la sucesión y establece que la competencia subsidiaria debe interpretarse en concordancia con los principios del Reglamento, promoviendo coherencia y derechos efectivos en disputas transnacionales.
enero 22, 2025
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Breve referencia al Reglamento (UE) nº 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2012.

Análisis del marco legal europeo que regula las sucesiones internacionales, creado ante el aumento de la movilidad dentro de la Unión Europea. El Reglamento 650/2012 establece normas comunes sobre competencia, ley aplicable y reconocimiento de resoluciones en materia de sucesiones «mortis causa». Su objetivo principal es unificar criterios para facilitar la resolución de conflictos en sucesiones transfronterizas y garantizar derechos de herederos y acreedores. Este artículo explica que, aunque el Reglamento entró en vigor en 2015, no es aplicable en todos los países de la UE, ya que Irlanda y Dinamarca, entre otros, no lo firmaron. Aun así, los tribunales de los Estados firmantes deben aplicarlo incluso en casos que involucren a nacionales de estos países. Gracias al mismo, la competencia general se atribuye a los tribunales del Estado donde el causante tenía su residencia habitual al fallecer, salvo excepciones basadas en vínculos más estrechos con otro Estado. El Reglamento también regula situaciones como la elección de la ley aplicable por el causante y la coordinación entre jurisdicciones. Además, introduce el certificado sucesorio europeo, que simplifica la gestión de derechos hereditarios en distintos Estados miembros, promoviendo eficacia y seguridad jurídica en contextos transnacionales.
enero 22, 2025
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El Blanqueo de Capitales por Personas Jurídicas en el Derecho Penal Español.

En España, desde 2010, las personas jurídicas pueden ser responsables penalmente por ciertos delitos específicos, incluyendo el blanqueo de capitales. Estas entidades no enfrentan penas de prisión, pero sí multas, prohibiciones, o incluso disolución en casos graves. Su imputación puede deberse a acciones de directivos o al incumplimiento de deberes de supervisión. Este marco busca incentivar la autoorganización interna para prevenir delitos. Sin embargo, la globalización y la apertura de mercados han facilitado el blanqueo de capitales, estimado entre el 2% y 5% del PIB mundial, lo que resalta la sofisticación de los métodos utilizados. El blanqueo de capitales implica dar apariencia de legalidad a bienes de origen ilícito. Regulada en el artículo 301 del Código Penal, esta actividad incluye acciones como la conversión, posesión o transmisión de bienes con conocimiento de su origen ilícito. Las penas oscilan entre seis meses y seis años de prisión, además de multas. El bien jurídico protegido es el correcto funcionamiento del mercado y la justicia tributaria. El delito puede ser cometido por dolo o imprudencia grave, y abarca tanto a individuos como a personas jurídicas.

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